Se ha publicado en la revista Nutrición Hospitalaria, un posicionamiento sobre la definición de azúcares añadidos y su declaración en el etiquetado de los productos alimenticios en España al que se han adherido más de 140 científicos de España.
Para comenzar
Actualmente existe una gran preocupación relacionada con el contenido de azúcares de los alimentos y de las bebidas, debido a que un consumo excesivo de este componente dietético se asocia con una mayor prevalencia de enfermedades crónicas. En la actualidad existe una gran confusión tanto en los datos científicos publicados como en las informaciones que aparecen en los medios de comunicación sobre los conceptos de azúcares libres, azúcares intrínsecos o endógenos y azúcares añadidos a los alimentos, así como los tipos de monosacáridos y disacáridos que les constituyen.
Según este posicionamiento, el término azúcares libres se refiere a aspectos de salud pública mientras que el de azúcares añadidos se relaciona con la información nutricional incluida en el etiquetado regulado en el Reglamento 1169/2011, aplicable a la información alimentaria para el consumidor.
Objetivo de este posicionamiento
El objetivo del presente documento fue establecer un posicionamiento actualizado sobre la definición de azúcares añadidos y establecer las bases para su declaración en el etiquetado de productos alimenticios aplicable en España.
Principales cuestiones metodológicas
Se realzó un análisis de la legislación vigente en la Unión Europea y en España, así como en Estados Unidos y México, junto con los posicionamientos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la European Food Safety Authority (EFSA) y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), así como de sus comités científicos. Se es sobre la definición y declaración de azúcares totales, azúcares libres y azúcares añadidos.
Algunos resultados importantes
De forma general, todos los países, mediante su legislación alimentaria, o a través de los alimentos y bebidas, recomiendan la reducción del consumo de azúcares, aunque solo algunos establecen cantidades o límites de cantidad respecto a la ingesta diaria recomendada. Es destacable, que los azúcares añadidos se declaran en el etiquetado en países como Estados Unidos y México. Es destacable que en el caso de Estados Unidos existe una propuesta de modificación del porcentaje que podría contribuir a la dieta (como máximo) pasando del 10 % al 6 %.
En el caso de la Unión Europea solo está establecida la ingesta de referencia para los hidratos de carbono, indicándose entre un 45-65 %, al igual que ya lo ha hecho el Comité Científico de la AESAN. Es importante mencionar que solo en el caso del estudio ANIBES, existe un dato estimado sobre el consumo de azúcares añadidos en la población española (7,3 %).
En el mes de julio de 2020, el U.S. Department of Health and Human Services y el U.S. Department of Agriculture, han aprobado un primer borrador de las guías alimentarias de 2020-2025 para la población estadounidense. Al igual que en las guías alimentarias vigentes de 2015-2020, la importancia del tipo de azúcares reside de forma fundamental en los azúcares añadidos debido a que son sobre los que se debe de intervenir para disminuir su consumo.
Recomendaciones y conclusiones de este posicionamiento
A continuación, se detalla un resumen de las principales recomendaciones dictadas en este posicionamiento:
– Para los azúcares totales, se propone que la definición debería establecerse como la suma de los azúcares naturalmente presentes más los azúcares añadidos en los alimentos y bebidas.
– Los azúcares naturalmente presentes serían aquellos disacáridos y monosacáridos que están presentes de forma intrínseca en los alimentos y bebidas.
– Los azúcares añadidos, serían todos los monosacáridos y disacáridos añadidos a los productos alimenticios en sus procesos de elaboración y preparación culinaria y que aparecen reflejados en el listado de ingredientes. Su cantidad total deberá estar indicada en la información nutricional, en el apartado de hidratos de carbono, a continuación de los cuales azúcares.
– Resulta necesario y urgente unificar el criterio de la utilización como ingrediente e información nutricional de los azúcares añadidos.
– Se propone incluir la declaración de azúcares añadidos en la información nutricional del etiquetado de los productos alimenticios no solo para conocer su cantidad, sino como herramienta válida para los cálculos reales de su consumo en la población española.
– Se propone establecer recomendaciones sobre la ingesta diaria máxima de azúcares añadidos en las guías alimentarias para la población española. Se deben fortalecer los programas de reformulación de los productos alimenticios con el objetivo de reducir el contenido de azúcares añadidos y contribuir con las políticas y estrategias respecto a la reducción y prevención del sobrepeso y la obesidad.
– La declaración de los azúcares añadidos en la información nutricional del etiquetado de los productos alimenticios servirá al consumidor para conocer la cantidad presente en los alimentos y bebidas. Se pretende que los consumidores pueden tomar mejores decisiones respecto a una compra adecuada y responsable, en especial, en los grupos de riesgo y en las poblaciones en las que se realicen intervenciones para reducir el sobrepeso y la obesidad.
– Se propone establecer iconos que realicen llamadas de atención, bajo criterios de límites adecuados con el objetivo de dar a conocer el contenido de los productos alimenticios (contenido bajo, medio o alto de azúcares añadidos).
Conclusiones
Según este posicionamiento, se deben establecer ingestas de referencia para los azúcares añadidos y hacer que se declaren en la información del etiquetado de los productos. Es necesario poder trabajar con datos fidedignos procedentes de tablas de composición de alimentos con el objetivo de conocer la ingesta real de la población española con el fin último de poder implementar medidas de salud pública que permitan reducir la ingesta de azúcares añadidos.
Enlace a la referencia
Para obtener más información y leer el posicionamiento a texto completo, puede acceder al siguiente enlace:
https://www.nutricionhospitalaria.org/articles/03493/show